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Enfoque y datos sobre discapacidad

La sociedad piensa y diseña los entornos, productos y servicios
en función de lo que cree que es normal en las personas.
Solo piensa en personas que caminan, oyen y comprenden
sin necesidad de apoyo y no tiene en cuenta a las personas con discapacidad.
La sociedad crea un entorno que limita y pone obstáculos
a las personas con discapacidad
y como consecuencia sufrimos discriminación,
falta de respeto, situaciones de dependencia y desigualdad.
Por lo tanto, la discapacidad es un producto social
porque es el resultado de una idea errónea de la sociedad.
La sociedad debe modificar las políticas, las actitudes y las leyes
que dificultan la participación de las personas con discapacidad.
La discapacidad no es un problema individual que solo afecta a una persona.
La discapacidad afecta también a la familia, amigos y otras personas cercanas.
Las personas con discapacidad tenemos los mismos derechos
que el resto de las personas
y el Estado debe garantizar su inclusión y su ciudadanía plena.
La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó en 2006
la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Esta Convención es muy importante porque habla de los derechos
de las personas con discapacidad, su dignidad y su libertad.
Las personas con discapacidad empezamos a ser protagonistas de nuestra vida,
somos parte de la sociedad y disfrutamos de nuestros derechos, por ejemplo,
a la educación, al trabajo y a la cultura.
La Convención también es importante porque las entidades
cambian la atención que nos dan a las personas con discapacidad.
Antes solo se fijaban en la discapacidad,
ahora se fijan en las capacidades de la persona, su vida en la comunidad
y su proyecto de vida.
La atención es personal y está basada en los apoyos
que necesita la persona con discapacidad para lograr sus objetivos.
Los países que firmaron la Convención están obligados a cumplirla.
España firmó la Convención y el estado y las administraciones públicas
deben cumplir la Convención
y tener en cuenta a las personas con discapacidad cuando hacen las leyes.
Las empresas privadas deben comprometerse
con las personas con discapacidad
y crear entornos, productos y servicios inclusivos.
Las organizaciones que representan a las personas con discapacidad
tienen un trabajo muy importante a la hora de hablar y negociar
con las administraciones públicas para hacer leyes,
ponerlas en marcha y evaluarlas.
Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística,
en España hay más de 4 millones de personas con discapacidad.
Solo 1 de 4 personas con discapacidad en edad de trabajar
tiene empleo.
1 millón y medio de personas con discapacidad
tiene dificultades para moverse en su vivienda,
en su edificio o en los accesos.
Pasa lo mismo con los edificios públicos, en las ciudades
y en el acceso a las nuevas tecnologías y la comunicación.
Muchos niños y niñas con discapacidad van a un colegio ordinario
y reciben apoyo especializado.
Más de la mitad de las personas cuidadoras son mujeres.
En lectura difícil
Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (EDAD 2020):
- Número total: En España hay 4,38 millones de personas con discapacidad.
- Género: 2,57 millones son mujeres y 1,81 hombres.
- Escolarización: El 78,7% acude a un colegio ordinario (el 58,7% reciben apoyo especializado) y el otro 20% restante acude a un centro de educación especial.
- Empleo: Solo una de cada cuatro personas con discapacidad en edad de trabajar tiene empleo (23,7% de los hombres y 23,5% de las mujeres).
- Accesibilidad: El 34% de las personas con discapacidad (1,4 millones) tiene dificultades para desenvolverse con normalidad en su vivienda o en los accesos o interior de su edificio. Un 36,2% del total tiene dificultades para desenvolverse en edificios públicos o en el entorno urbano y el 39,4% de las personas con discapacidad tiene dificultades con las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
- Cuidados: El 63,7% de las personas que cuidan a alguien con discapacidad son mujeres.
La discapacidad es un hecho social y una circunstancia personal presente y
comprobada en todas las comunidades humanas. Personas con una nota de diversidad
que funcionan, por decirlo de algún modo, de una manera diferente al canon de
normalidad extendido que se considera patrón de medida, desde el cual se conciben,
se proyectan y se diseñan los entornos, productos y servicios de desenvolvimiento,
ordenación individual o grupal. Funcionamiento cognitivo, corporal, mental y
comunicativo que no resulta neutro en términos de consideración y reconocimiento,
de decisión sobre su proyecto vital, ejercicio de derechos, acceso a bienes comunitarios
y participación social y que surte efectos que, acumulados y en interconexión, les
sitúan como colectivo en posiciones forzadas de negación, de irrespeto, discriminación,
segregación, dependencia y en situaciones de exclusión estructural y sistémica.
La discapacidad es, por tanto, el producto social de esta nota de diversidad en el
funcionamiento, con un entorno que limita y restringe, generando obstáculos que
impiden o dificultan una vida elegida en la comunidad.
De esta manera, se considera que lo que da origen a la discapacidad son causas
sociales, precisamente porque las sociedades están pensadas y diseñadas para
personas estándar, personas que caminan, que oyen, que comprenden, etc., dejando
en la periferia a aquellas que no se ajustan a esta norma impuesta. La desigualdad
aparece por la incapacidad de la sociedad de eliminar los obstáculos que encuentran
las personas con discapacidad.
La discapacidad es, por tanto, un fenómeno complejo que no se limita simplemente a
un atributo de la persona y que en ningún caso puede ser vista como un “fallo” de la
sociedad, sino como un elemento de su diversidad. No se trata de un problema
individual, sino el resultado de una concepción errónea de la sociedad que debe
reestructurar las políticas, las prácticas, las actitudes y las normativas que dificultan su
plena participación social. Tampoco suele vivirse como una cuestión exclusiva, hacia
dentro, que se limita a la propia persona, sino que irradia y tiene impacto en sus
familias como entorno vital más inmediato, sobre todo, si surge con el nacimiento o en
los primeros estadios de la vida.
Esta realidad entendida, asumida y respetada como una cuestión de derechos
humanos se centra en la dignidad intrínseca del ser humano y, de manera accesoria —
y sólo en el caso que sea necesario— en sus características clínicas. Sitúa al individuo
en el centro de todas las decisiones que le afecten y ubica el centro del problema fuera
de la persona —en la sociedad. Se reconoce así que las personas con discapacidad son
sujetos de derecho, con derechos, y que el Estado y otras entidades tienen
responsabilidades para garantizar su ciudadanía plena.
Afortunadamente, la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidadasume este enfoque obligando a los Estados Parte a integrarlo en sus políticas públicas.
Este paradigma de la discapacidad basado en los derechos no se ve impulsado por
la conmiseración, sino por la dignidad y la libertad. Busca los medios para respetar,
apoyar y celebrar la diversidad humana mediante la creación de condiciones que
permitan la verdadera inclusión de las personas con discapacidad. En lugar de verlas
como sujetos pasivos de actos de beneficencia, las empodera y las capacita para que
sean protagonistas de su destino y ser así parte activa de la sociedad: en la educación,
en el trabajo, en la vida política y cultural y en la defensa de sus derechos, mediante el
acceso a la justicia.
Este cambio de visión implica también una profunda transformación de los modelos de
atención a las personas con discapacidad, porque muchas de las instituciones y
servicios de apoyo del presente, responden a una mirada de la discapacidad basada en
el déficit. Por ello, estamos ante un momento histórico en el que debemos impulsar el
tránsito de un modelo de cuidados “institucionalizado y asistencial” a nuevos “modelos
comunitarios y de proximidad”, que contribuyan a proyectos de vida elegidos. Se trata
de un cambio estructural y cultural, que pasa por el cuestionamiento y la superación
de los modelos asistenciales, para promover modelos de apoyo basados en un marco
de derechos humanos, centrados en cada persona y desde un enfoque de desarrollo
comunitario, logrando así el desarrollo de proyectos de vida dignos, elegidos y
compartidos con el resto de la población.
El enfoque de derechos es un acuerdo y un compromiso entre las personas con
discapacidad y los Estados y para que el sistema internacional de derechos humanos
les ampare y alcance de manera efectiva. Este enfoque es vinculante para todos los
Estados que hayan ratificado la Convención; naciones que, por tanto, han de eliminar
las medidas discriminatorias y ser garantes de la igualdad de oportunidades.
Asimismo, establece que todas las políticas y leyes deben formularse con la voz de las
personas con discapacidad, incorporando su realidad a todos los aspectos de la acción
política. Según este patrón, no deben configurarse políticas “específicas” para las
personas con discapacidad, a pesar de las peculiaridades que presenta como colectivo.
El abordaje debe ser transversal, porque se trata de una realidad poliédrica, con
impacto y con obligaciones en todos ámbitos de la administración y en todas las
esferas sociales. El principal titular de obligaciones es el Estado, conformado en el caso
de España por todas las administraciones públicas, incluidas las autonómicas y locales,
así como por los órganos legislativos y por el Poder Judicial.
Pero no se puede obviar la responsabilidad que afecta al sector privado: la empresa
debe ser catalizadora de los derechos humanos y debe crear entornos, servicios y
productos inclusivos a su realidad. En un mundo globalizado y altamente
mercantilizado, la iniciativa privada también debe comprometerse con las personas
con discapacidad, para no dejar a nadie fuera del sistema.
Hay que otorgar también un papel específico a la sociedad civil, encarnado en las
organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus familias que a
través del diálogo civil deben estar presentes en los términos que establece la Ley, en
la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas oficiales que se
desarrollan en la esfera de las personas con discapacidad.
La CDPD es el gran hecho internacional sobre la discapacidad, el elemento de más
valor que ha producido la comunidad mundial en relación con este grupo humano.
La Convención refuerza el enfoque no discriminatorio, en particular respecto de las
mujeres y las niñas, y exige a los Estados partes que vayan más allá de abstenerse de
realizar acciones discriminatorias y pasen a adoptar medidas encaminadas al
desarrollo, el adelanto y su la potenciación de las mujeres y las niñas con discapacidad,
y a la promoción de iniciativas para potenciarlas reconociendo que son titulares
diferenciadas de derechos, ofreciendo vías para que se escuche su voz y ejerzan su
capacidad de agencia, reforzando su autoestima y aumentando su poder y autoridad
para adoptar decisiones en todas las esferas que afectan a su vida.