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El Real Patronato sobre Discapacidad pide extender las emisiones accesibles en la televisión a horarios de máxima audiencia


Imagen noticia Imagen de vario elementos relacionados con leyes: balanza, mazo, libros...

17/03/2023

Madrid, 17 de marzo de 2023.  El Real Patronato sobre Discapacidad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha solicitado por carta a las principales cadenas nacionales de televisión del país que las emisiones en televisión que incluyen los servicios de accesibilidad de subtitulado adaptado, audiodescripción e interpretación en lenguas de signos españolas se realicen no solo en horarios matutinos o nocturnos, sino también en franjas de máxima audiencia, en emisiones de información relevante y en aquellas que puedan resultar de mayor interés para la audiencia.

En una misiva enviada por el director del Real Patronato sobre Discapacidad, Jesús Martín Blanco, dirigida a las principales cadenas de televisión ha recordado que “el acceso a la información es un derecho constitucional cuyo cumplimiento por parte de las televisiones no puede saldarse emitiendo contenidos accesibles a horas intempestivas y de contenidos repetidos", pues esto "es hacer un cumplimiento perverso de la ley" ya que "se priva de información y de entretenimiento a miles de personas con discapacidad de nuestro país”.
 

La accesibilidad audiovisual en cifras 

En la actualidad y según los datos del Centro Español de Subtitulado y Audiodescripción, instancia pública dependiente del Real Patronato sobre Discapacidad y gestionado por la Universidad Carlos III de Madrid, el último informe correspondiente al pasado mes de febrero revela que la emisión de programación con subtitulado adaptado alcanzó sus cuotas más altas en el horario de tarde, correspondiente a la franja de 18:00 a 20:00 horas con un 96.73%, y al horario de access prime time, correspondiente a la franja de 20:00 a 21:00 horas con un 96.65%.
 
No obstante, los datos para el mismo mes relativos a la prestación del servicio de audiodescripción revelan que el horario con mayor presencia de este servicio de accesibilidad corresponde a la madrugada, es decir, a la franja comprendida entre las 2:00 horas y las 7:00 horas con un registro de más de 318 horas audio descritas, así como al horario despertador, que se comprende entre las 7:00 y las 9:00 horas con un registro de más de 118 horas.

Por su parte, el mes de febrero muestra que las cuotas más altas de prestación del servicio de interpretación en lengua de signos también se dan en el horario madrugada (2:00 a 7:00 horas) con casi 324 horas de programación interpretada, así como en el horario despertador (7:00 a 9:00 horas) con más de 159 horas de interpretación en lenguas de signos españolas.


Aumento de la accesibilidad audiovisual

La Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual recoge en su Artículo 109 que el  CESyA del Real Patronato sobre Discapacidad se establece como uno de los centros estatales técnicos de referencia en materia de accesibilidad audiovisual para las personas con discapacidad.

Esta ley, publicada hace ocho meses, expone también que se deberá garantizar al público con discapacidad el acceso a aquellas informaciones relativas a “situaciones de emergencia, incluyendo las comunicaciones y anuncios de situaciones de catástrofes naturales y crisis de salud pública” junto con la obligación de priorizar la prestación de servicios de accesibilidad en las emisiones con horario de máxima audiencia y en aquellas “que puedan resultar de mayor interés”.

La aplicación de estas disposiciones se recoge en el Capítulo II. Accesibilidad de la ley e incluyen a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal en abierto, televisivo lineal de acceso condicional y televisivo a petición.
 
Esta ley de comunicación audiovisual ha incorporado novedades para ampliar la accesibilidad de los espectadores con discapacidad. En el caso de los canales de la Televisión Digital Terrestre (TDT) se aplica, además, un aumento en los porcentajes de exigencia mínima de tiempos de emisión con servicios de accesibilidad.
 
En este sentido, el porcentaje de subtitulado adaptado para personas sordas o con discapacidad auditiva pasó de un 75% a un 80% de la programación en cadenas de índole comercial, manteniéndose el 90% en las de carácter público. Asimismo, las emisiones tanto con servicio de interpretación en lengua de signos para discapacidad auditiva como con servicio de audiodescripción para discapacidad visual, aumentaron en número de horas semanales, pasando de 10 a 15 horas en cadenas públicas y de 2 a 5 horas en los canales comerciales respectivamente.
 
En materia de calidad, la ley dispone adicionalmente que los prestadores tendrán la obligación de “garantizar el cumplimiento progresivo de los requisitos de calidad del subtitulado y de la audiodescripción conforme a la normativa de calidad española UNE”, mientras que, por su parte, los espectadores contarán con “un único punto” de atención a reclamaciones, que corresponderá a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).